20/07/2015
Prevé mecanismos para garantizar la integración de la perspectiva de género en las políticas públicas, la evaluación de impacto y el reconocimiento de las asociaciones. Determina las competencias de la Administración de la Generalidad y de la Administración local en materia de políticas de igualdad.
Establece los mecanismos para garantizar el derecho de igualdad efectiva de mujeres y hombres en la Administración Pública a través de las políticas de contratación pública, subvenciones, ayudas, becas y licencias administrativas, nombramiento paritario en los órganos de toma de decisiones y los planes de igualdad para el personal al servicio de las administraciones públicas de Catalunya, las instituciones de la Generalitat, los agentes sociales y las entidades sin ánimo de lucro, así como el impacto de género en las leyes de presupuestos.
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