27/07/2015
El proyecto de ley se encuentra en trámite en el Senado. El plazo máximo de aprobación en esta Cámara se ha establecido para el 07/09/2015. La ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el BOE. Este proyecto responde a la voluntad de regular los aspectos de reforma de la LECrim que no se aprobarán mediante ley orgánica. Prevé disposiciones que pretenden agilizar la justicia penal (estableciendo plazos máximos para la instrucción penal), regula un procedimiento de decomiso autónomo, instaura con carácter general la segunda instancia, y reforma el recurso extraordinario de revisión.
Las previsiones de esta Ley serán aplicables exclusivamente a los procedimientos penales incoados con posterioridad a su entrada en vigor, pero la nueva regulación del art 324 LECrim será de aplicación a los procedimientos que se encuentren en trámite a la fecha de su entrada en vigor. Esta fecha se considerará fecha inicial para el cómputo de los plazos máximos de instrucción que se determinan.
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